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    Préstamos Participativos

    Legorburo Consultores es una consultora financiera experta en conseguir financiación a la empresa, aportando soluciones, no problemas. Nos ocuparemos de buscar la entidad más adecuada, con las mejores condiciones, presentar la solicitud y documentos necesarios, y finalmente, negociar las condiciones para la concesión de la financiación.

    Concepto de Préstamo Participativo.

    Los préstamos participativos son una modalidad de préstamos en los que el prestamista, además de obtener una remuneración fija por el préstamo (ya sea a interés fijo o interés variable –Euribor más un diferencial-), tiene una participación en los beneficios de la misma, de ahí la denominación “préstamo participativo”.

    La participación en los beneficios de la empresa recompensa al prestamista por el mayor riesgo asumido ya que jurídicamente, este tipo de préstamos tiene la consideración de fondos propios, por lo que en caso de concurso, el prestamista de un préstamo participativo se situará sólo por delante de los accionistas. Es decir, cobrará su crédito una vez hayan sido satisfechas todas las deudas de la sociedad prestataria.

    Características del Préstamo Participativo.

    • Entidad prestamista participará en los beneficios (o cualquier otra variable asociada a la evolución de la empresa acordada por las partes), de la empresa prestataria. En la práctica se suele fijar una participación máxima.
    • La entidad prestamista, además, cobrará, generalmente, un interés fijo.
    • Tienen vencimiento a largo plazo, lo que les convierte en instrumentos idóneos para la financiación de inversiones a largo plazo. Además, generalmente, cuentan con largos períodos de carencia de capital.
    • Son préstamos subordinados, que en caso de concurso y liquidación de la sociedad prestataria, se situarán sólo por encima de los accionistas. Esta característica hace que quede intacta la capacidad de endeudamiento de la empresa.
    • Jurídicamente, los préstamos participativos tienen la consideración de patrimonio neto, lo que en muchas ocasiones puede evitar la necesaria reducción de capital o liquidación de la sociedad prevista en la legislación mercantil (cuando el patrimonio neto es inferior a la mitad del capital social).
    • Los intereses devengados son deducibles fiscalmente.

    Dado el mayor riesgo que asume el prestamista de un préstamo participativo, la cuantía aportada en tal condición no suele ser superior a los recursos financieros de la empresa.

    Este tipo de préstamos está vinculado, generalmente, a entidades públicas si bien, también puede ser concedido por entidades privadas, como Sociedades de Capital Riesgo o incluso entidades financieras en colaboración con entidades públicas.

    En Legorburo Consultores analizaremos la situación financiera de la empresa para determinar si el préstamo sindicado es, efectivamente, la mejor alternativa de financiación para la empresa, ofreciéndole alternativas en caso de que el préstamo sindicado no se la mejor opción. Nuestro equipo de profesionales trabajará junto con el departamento financiero de su empresa, recopilando la información necesaria, para conseguir la financiación en el menor plazo posible.