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Modificaciones estructurales. La fusión (I)

A consecuencia de la globalización, la competencia en el mercado es cada vez más dura y las compañías se ven obligadas a competir con otras en costes, tamaño y capacidad tecnológica para poder “mantener el ritmo” a la veloz y dinámica economía.

Para hacerlo, las empresas hacen uso de diferentes estrategias, entre las que se encuentran los procesos de modificaciones estructurales, dentro de los cuales, a su vez, se encuadran las fusiones, que serán el objeto del presente y posteriores artículos.

Debido a dicha necesidad de ser más competitivas, los procesos de fusiones de empresas han ido cobrando protagonismo en los últimos años, llegando a superar en los años 2006 y 2007 las cifras récord alcanzadas en el año 2000 durante la burbuja tecnológica.

 

modificaciones estructurales

 

¿Por qué se llevan a cabo fusiones?

 Como dice la expresión anglosajona “no tree grows to heaven” (ningún árbol crece hasta el cielo) y esto mismo es aplicable a las empresas. Es decir, dadas unas circunstancias, el crecimiento de una empresa tiene un límite y por ello es necesario que realice cambios en la producción, comercialización, etc., si desea seguir creciendo.

Una de las vías utilizadas por las empresas para poder expandirse son las fusiones ya que a través de las mismas pueden conseguir los cambios necesarios,  como sinergias operativas o financieras, presencia en nuevos mercados, mayor tamaño en mercados en los que ya están presentes, etc. En definitiva, pueden significar un medio de acceder a ciertos mercados, recursos o activos controlados por otras empresas. 

¿Qué es una fusión?

Generalmente, las fusiones tienen las siguientes notas comunes: 

  • Disolución, sin liquidación, de todas o alguna de las empresas intervinientes
  • Traspaso en bloque del patrimonio social
  • Atribución de acciones según la ecuación de canje 

Ahora bien, la norma general no impide la existencia de excepciones, y dichas excepciones las constituyen las fusiones impropias, aquellas en las que el «procedimiento de integración de sociedades [es] similar a la fusión en sentido estricto [pero] adolece, sin embargo de la falta de alguno de los requisitos que caracterizan a ésta». 

Las diferentes modalidades de fusiones 

La fusión puede realizarse siguiendo dos procedimientos: 

  • Fusión por constitución de nueva Sociedad: en este caso, las sociedades existentes se extinguen y sus patrimonios se transmiten en bloque a una sociedad de nueva creación (que adquiere tanto los derechos como obligaciones de las anteriores) 
  • Fusión por absorción: la sociedad absorbente adquiere el patrimonio (derechos y obligaciones) de la absorbida, extinguiéndose ésta pero no aquélla 

La Ley de Modificaciones Estructurales ha introducido las denominadas fusiones especiales en las que el proceso se simplifica al eliminarse algunas de las exigencias generales propias de estos procesos de concentración de sociedades. Dentro de las fusiones simplificadas podemos distinguir entre: 

  • Fusión impropia: la sociedad absorbente tiene el 100% de las acciones de la absorbida
  • Fusión inversa: la sociedad absorbente está íntegramente participada, de forma directa o indirecta, por la absorbida
  • Absorción de sociedad participada al 90%
  • Fusión entre hermanas: la sociedad absorbente y la absorbida tienen un único socio común, una tercera sociedad
  • Fusión por acuerdo unánime en sociedades NO anónimas
  • Fusión de sociedad apalancada (LBO) 

En cuanto a las fusiones transfronterizas, cada día menos extrañas por la globalización, hay que destacar una característica típica de éstas, el derecho de separación de los socios disidentes. 

Finalmente, en atención al nivel de la cadena productiva en el que se encuadren las empresas, podemos distinguir entre: 

  • Fusión horizontal: ambas empresas se encuentran en el mismo nivel de la cadena productiva. Por ejemplo: fusión entre Pryca y Continente. Normalmente, los objetivos que se pretenden alcanzar en estos casos son la consecución de economías de escala (reducción de costes) y una mayor cuota de mercado 
  • Fusión vertical: cuando las empresas se encuentran en diferentes niveles de la cadena de producción. Así, por ejemplo, en el sector del petróleo, se encuentran cuatro actividades básicas: exploración, producción, refino y comercialización. Una fusión vertical ocurrirá cuando una empresa de exploración decida fusionarse con una de refinación o de distribución. En estos casos, los motivos que impulsan la fusión pueden ser el ánimo de asegurarse los suministros, los costos, conseguir acceso a canales de distribución, imagen o marca… 

Evidentemente, las fusiones horizontales siempre entrañan mayores dificultades que las verticales, ¿Por qué? Por dos simples razones: mientras en las primeras es necesario realizar ajustes de plantilla y, de la capacidad productiva y de fabricación, esto no es necesario en las fusiones verticales.

Además, las fusiones horizontales son vistas con recelo por los gobiernos ya que implican la disminución de la oferta y por lo tanto pueden afectar al Derecho de la Competencia. 

En conclusión, la importancia de esta clasificación no es meramente doctrinal, sino que tiene significativas consecuencias prácticas. Así por ejemplo, no es lo mismo tener que “pasar” por todas las fases del proceso de fusión (con los consiguientes costes no sólo económicos sino también, temporales -que incluso pueden derivar en la pérdida del “momentum”) que adscribirse a una de las modalidades simplificadas y beneficiarse así de sus ventajas.

También es muy importante tener en cuenta, en el caso de las fusiones horizontales, los ajustes de plantilla que deberán llevarse a cabo, ya que en ocasiones, los costes derivados de los mismos (indemnizaciones por despido) hacen que la operación sea inviable. 

Fuentes: “Instituciones de Derecho Mercantil” Fernando Sánchez Calero y Juan Sánchez-Calero Guilarte; “Derecho Mercantil I. Las sociedades mercantiles” Guillermo J. Jiménez Sánchez; “Las fusiones. Su importancia en el entorno competitivo actual” Silvia Pomar Fernández y Aracely Rendón Trejo; “Las fusiones y adquisiciones como fórmula de crecimiento empresarial” Néboa Zozaya González; “La fusión y la escisión” Julio Rougès.

 

Esperanza Gaviria

Legorburo Consultores

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